Autor: Gustavo Alberto Manzo Ugas (Abogado y Profesor Universitario de Derecho Constitucional, Política, Filosofía. Caracas, Venezuela)

    El Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR) fue firmado en 1947 en Río de Janeiro, Brasil. Es un pacto de defensa mutua, es decir un ataque armado por cualquier Estado contra un País Americano, será considerado como un ataque contra todos los Países Americanos, y en consecuencia, cada una de las Partes Contratantes se compromete a ayudar a hacer frente al ataque.  

    Fue uno de los primeros acuerdos defensivos surgidos tras la Segunda Guerra Mundial,adelantándose por dos años al Tratado del Atlántico Norte (OTAN).

    Tanto el tratado que da origen a la OTAN como el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), tienen como fundamento una visión política que estaba muy cerca en temporalidad de la Segunda Guerra Mundial y luego del recrudecimiento de todas las acciones relacionadas a la Guerra Fría.

    No obstante las condiciones de la actualidad son diferentes a las de la década de 1950 y 1960. El cambio de las comunicaciones ý la tecnología hace que aquello que se observaba como amenaza hoy posea más gravedad o viceversa, lo que justifica más claramente la existencia de  pactos de defensa, más cuando en diferentes partes del mundo se avanza en convenios que potencian las grandes zonas económicas convirtiéndolas en grandes polos.

    De otro lado puede observarse una cadena de situaciones que inciden sobre las diferentes definiciones que constituyen el derecho internacional, el derecho constitucional y el Estado que vienen ocurriendo.

    Las definiciones sobre las cuales inciden las situaciones son:

    • Los derechos humanos (vistos como una limitación al poder real del Estado). En efecto los derechos humanos han ido tomando en las últimas décadas un papel estelar en concierto internacional, Tribunales sobre derechos humanos en los cuales se pueden juzgar delitos de genocidio, lesa humanidad eran impensables en la década de 1940.
    • En la soberanía, entendida esta como el derecho de cada país de imponer sus decisiones a los particulares por un lado y por otro, la existencia del “principio de no injerencia de otros estados en las decisiones de un país determinado”.

    Hace varias décadas hubiera resultado fuera de lugar que una Corte Internacional ordenara la modificación de la legislación interna para que se adapte al marco legislativo de la Unión europea o ver en vigor el principio de la supremacía del derecho comunitario europeo.

    Estas definiciones a su vez inciden directamente en el curso de las asociaciones de estados con diferentes fines.

    Por ejemplo el caso de la Unión europea con el Brexit, en la OTAN lo relacionado al financiamiento ocasionado por bases militares en diferentes puntos de Europa y en cuanto al TIAR las eventos surgidos con ocasión a su interpretación y aplicación.

    El TIAR, ha sido invocado recientemente para adosar a Venezuela nuevamente como miembro y esto ha desatado posiciones a favor y en contra del mismo. También en la historia de su aplicación ha habido estas controversias. Una muy importante fue la negativa de su implementación en el caso de las islas Malvinas.

    Del TIAR se habían retirado al menos seis estados. Las salidas de estos países ha coincidido con la existencia de gobiernos de tendencia socialista o socialdemócrata y algunos de ellos figuran como acérrimos opositores de su vigencia, sin embargo permanecen más de quince países de las américas asociados a este tratado.

    En el TIAR se generan los insumos necesarios para tratar situaciones de: Amenazas y  Agresiones de diferente índole contra estados miembros y entre las más importantes las agresiones militares.

    Uno de los considerandos del TIAR más polémicos dice textualmente: “la Obligación de mutua ayuda y de común defensa de las repúblicas americanas se haya esencialmente ligada a sus ideales democráticos” con lo cual una interpretación es su inaplicabilidad al Estado que no practica el régimen democrático. Por su puesto no se ha solicitado la aplicación del tratado para un caso como el que plantea el considerando.

    En cambio el tratado sí se ha aplicado en casos como el denominado “Fuerza Interamericana de Paz” ante el conflicto interno en la Republica Dominicana que desemboco en una guerra civil.

    Tampoco se logró su aplicación, por cuanto misma fue bloqueada por una u otra razón, en el caso de los ataques terroristas contra las torres gemelas en  2001.

    En todo caso entre los elementos relevantes del tratado que le otorgan legitimidad internacional, como instrumento apto para ser aplicado ante las situaciones que puedan surgir, encontramos que desde el primer momento de su puesta en vigencia ha sido aplicado. Los diferentes estados han girado en torno a diversas posiciones sobre su articulado.

    El TIAR es un tratado que opera dentro de supuestos en los cuales existe violencia agresión o amenaza en contra de los otros estados que lo componen y el ámbito territorial de su aplicación está claramente determinado. Es un requisito importante para su aplicación que la amenaza o agresión a la que se refiere el tratado puede ser cometida o por estados fuera de su ámbito geográfico de aplicación o países que pertenecen a las américas y forman parte del tratado.

    En los primeros meses del 2019 el poder legislativo Ruso envió al homólogo Colombiano lo que este último y el  ejecutivo consideraron una amenaza, cuando Rusia dice que una incursión militar sobre Venezuela por países que apoyan a la oposición venezolana, será interpretada como una agresión.

    La falta de aplicación del TIAR ante determinados casos obedece a situaciones de naturaleza política, varias veces asociadas a temas ideológicos y en otras coyunturas ha sido  relacionada a intereses de países vinculados a las crisis de las cuales se trata.

    De igual forma se evidencia que cada situación en la cual se pretende su aplicación, requiere de un estudio pormenorizado de los países en conflicto, de las agresiones o amenazas, de los intereses de los protagonistas, de las ideologías políticas de los protagonistas y de los bloques de países que giran en torno a la diatriba planteada. El balance de estos elementos puede dar las pistas mínimas necesarias para la interpretación de este tratado de defensa.

    El caso más reciente que está en pleno desarrollo es el venezolano presentando particularidades en las cuales todavía no está claro que curso seguirá y que decisión se tomará. Por adelantado, ciertos países de América que apoyan el socialismo se niegan de plano.  Tomará cierto tiempo  y análisis establecerlo.

    (Las opiniones expresadas en este artículo pertenecen solo al autor y no reflejan necesariamente la política editorial y las opiniones de World Geostrategic Insights).

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